*EMPLEADO
Recomendaciones para futuro empleado
- Determine cuál es la disponibilidad de tiempo que tiene para trabajar;
- Determine si prefiere trabajar con retiro o sin retiro;
- Si prefiere trabajar con retiro, considere que un trabajo lejos de su casa le significará tiempo y costo de traslado.
- Si puede, concurra a la entrevista con un currículum actualizado y con referencias laborales;
- Averigüe durante la entrevista para qué tareas es que la quieren contratar, en qué horario y con qué frecuencia;
- Consulte sobre el salario ofrecido. Cuando le informen el monto, consulte si se trata del salario nominal (al que todavía no se le hicieron los descuentos) o salario líquido (con los descuentos ya realizados);
- Exprese durante la entrevista cuáles son sus aspiraciones de salario, horarios, viáticos o boletos si corresponde, etc.;
- Si le proponen realizar tareas que no sabe, no quiere o no puede hacer, hágalo saber a la empleadora;
- Si el trabajo es sin retiro, controle las condiciones de calidad e higiene de las instalaciones donde vivirá.
- A cobrar su salario;
- A estar afiliada al Banco de Previsión Social;
- Al estar inscripta en el BPS tiene derecho a:
– Cobertura de salud para ella y las personas a cargo (hijos menores o mayores con discapacidad, cónyuge / concubino);
– Licencia por maternidad;
– Asignación Familiar;
– Seguro de Desempleo;
– Subsidio por enfermedad, lentes y prótesis;
– Subsidios por incapacidad;
– Jubilación. - Derecho a estar asegurada ante el Banco de Seguros del Estado;
- Derecho a tener descansos intermedios, nocturnos y semanales;
- Derecho a gozar de licencia anual;
- Derecho a gozar de licencia por matrimonio, adopción, duelo o estudio;
- Derecho al feriado pago del 19 de agosto, correspondiente al día de la trabajadora doméstica;
- Derecho a cobrar horas extras si trabaja más horas de las que tenía establecidas;
- Derecho a recibir copia del recibo de sueldo;
- Derecho a que se le den útiles de trabajo y ropa adecuada;
- Derecho a que la empleadora le descuente los aportes al BPS y luego los pague, junto a los aportes patronales, al BPS;
- Derecho a recibir los aumentos de sueldo que se definan en los Consejos de Salarios o por Decreto del Poder Ejecutivo;
- Derecho a cobrar prima por antigüedad;
- Derecho a recibir las compensaciones adicionales si realiza trabajo nocturno;
- Derecho a acordar y a percibir las compensaciones adicionales por trabajar fuera del lugar habitual;
- Derecho a ser tratada con respeto respecto a su persona, creencias, preferencias personales, etc.;
- Derecho a sindicalizarse y a participar activamente en las actividades de su sindicato.
- Hacer los trabajos para los que fue contratada siguiendo las instrucciones que le dé la empleadora;
- Ir a trabajar los días acordados y en el horario acordado;
- Avisar con anticipación en caso de tener que faltar al trabajo;
- No faltar salvo motivos de fuerza mayor y justificar dicha falta;
- Trabajar con esmero y dedicación;
- Cumplir lealmente y de buena fe con las tareas;
- Cuidar los materiales de trabajo y la ropa que le fue proporcionada para trabajar;
- Cuidar los muebles, la ropa y todos los bienes del hogar donde trabaja;
- Tratar con respeto a la empleadora, su familia y otras personas con las que deba relacionarse debido a su trabajo;
- No difundir, ni transmitir a otros, datos, documentos y cualquier otra información que llegue a su conocimiento debido a su trabajo;
- Intentar que las actividades sindicales no interfieran, o lo hagan lo menos posible, con sus obligaciones laborales.
*EMPLEADOR
Recomendaciones para futuro empleador
- Determine para qué tareas necesita de una empleada doméstica. Verifique sí efectivamente, requiere de sus servicios;
- Establezca cuáles serán los medios que utilizará para encontrar a la trabajadora que necesita: referencias directas, publicación en el diario, agencias de contratación, etc.;
- Establezca en qué horarios y con qué frecuencia necesitará de los servicios de la trabajadora;
- Determine si el trabajo a ofrecer será con o sin retiro;
- Establezca el monto del salario que puede ofrecer, así como la forma en que lo pagará (jornal, quincenal, mensual). Tenga en cuenta, al determinar el salario, el valor del Salario Mínimo Doméstico, el monto de los aportes patronales, los beneficios no mensuales que deberá cobrar la trabajadora (aguinaldo, salario vacacional), así como el costo de la póliza de seguros por accidentes laborales;
- Sea conciente de que las condiciones de trabajo que ofrecerá (salario, horario, etc) serán de aquí en más las mínimas que recibirá la trabajadora, es decir: de aquí en más estas condiciones sólo podrán mejorar para la trabajadora pero no empeorar.
- Solicite currículum y referencias laborales que pueda verificar;
- Averigüe la edad de la trabajadora. Si contrata una persona menor de 18 años, de 15 a 17 años, deberá tener autorización del Instituto del Niсo y el Adolescente (INAU);
- Informe a la trabajadora sobre las tareas que desea que realice;
- En caso de que corresponda, informe a la trabajadora que el contrato de trabajo será por cierto tiempo o dependerá de ciertas condiciones (por ejemplo, suplencia de una trabajadora enferma) que determinarán el fin de la relación de trabajo a corto plazo;
- Informe a la trabajadora sobre el horario y la frecuencia para la que requiere de sus servicios;
- Consulte a la trabajadora sobre sus habilidades y conocimientos para realizar las tareas solicitadas;
- Pregunte a la trabajadora sobre su realidad familiar, cómo se compone su hogar, así como cuáles son los motivos por los que va a trabajar en el servicio doméstico;
- Está dispuesta a negociar sus expectativas con las que tiene la trabajadora.
- Elegir libremente a la trabajadora. Podrá realizar la selección directamente, mediante una empresa seleccionadora de personal, o mediante el mecanismo que estime pertinente;
- Establecer las condiciones del contrato: si es por tiempo indeterminado, a prueba, zafral, etc. También puede establecer el salario, los horarios, si el trabajo es con o sin retiro, etc. Aunque puede acordar con la trabajadora estos aspectos, nunca podrá establecer condiciones de trabajo y salario que violen las normas legales;
- Tiene derecho a que la trabajadora cumpla con las condiciones establecidas en la contratación: que llegue en hora al trabajo, que cumpla con las tareas, que avise con tiempo si va a faltar, que trate con respeto a la empleadora y su familia, etc.;
- La empleadora tiene derecho a dirigir a la trabajadora en sus funciones, organizando la tarea y pautándola. En todos los casos deberá respetar los derechos personales y patrimoniales de la trabajadora;
- Facultades disciplinarias. La empleadora podrá aplicar medidas disciplinarias proporcionales a las faltas cometidas por la empleada. Las sanciones podrán ir desde una observación, hasta la suspensión o incluso despido. Este derecho deberá ejercerse en forma gradual y no podrá utilizarse de forma arbitraria;
- Derecho a controlar al personal, instalando o desarrollando los sistemas que estime necesarios para proteger sus bienes. Cualquiera sea el sistema utilizado, deberá salvaguardar la dignidad de la trabajadora;
- Derecho a que la trabajadora cuide los bienes del hogar y al hogar mismo;
- Derecho a establecer las tareas que deberá realizar la trabajadora, y a definir los niveles de calidad necesarios;
- La empleadora puede realizar variantes en el contrato de trabajo para ajustarlo a sus necesidades, siempre y cuando no viole los derechos adquiridos por la trabajadora;
- La empleadora tiene derecho a definir cuándo comienza y cuándo termina la relación de trabajo. En caso de decidir finalizar la relación laboral, dependerá del momento y la circunstancia si corresponde que pague despido;
- Derecho a controlar que la trabajadora llegue en hora al trabajo y que cumpla con todo el horario pactado, utilizando un cuaderno u otro medio;
- Derecho a que la trabajadora cuide los materiales que le sean entregados, los materiales, los útiles de trabajo, así como todos los bienes del hogar;
- Derecho a que la trabajadora no difunda ninguna información personal, profesional, de seguridad, etc. a la que acceda por trabajar en el hogar;
- Derecho a exigir que la trabajadora no permita ingresar al hogar a nadie extraño, sin autorización de la empleadora.
- Pagar el salario de acuerdo a lo convenido y a la normativa;
- Inscribir a la trabajadora en el BPS;
- Contratar una Póliza por Accidentes de Trabajo en el Banco de Seguros del Estado;
- Conceder a la trabajadora los descansos a los que tiene derecho;
- Conceder a la trabajadora licencia anual, así como las licencias por matrimonio, adopción, duelo o estudio que correspondan;
- Abonar licencia, salario vacacional y aguinaldo;
- Pagar horas extras si la empleada trabajó más horas de las que se habían establecido;
- Dar a la trabajadora recibo de sueldo;
- Ofrecer a la trabajadora útiles de trabajo y ropa adecuada;
- Realizar los descuentos a la seguridad social de la trabajadora y aportarlos al BPS junto con los aportes patronales;
- Otorgar a la trabajadora los aumentos salariales correspondientes;
- Abonar la prima por antigüedad que corresponda;
- Abonar a la trabajadora las compensaciones que correspondan por trabajar de noche, o fuera del lugar habitual;
- Respetar el derecho de la trabajadora a sindicalizarse y a participar activamente en la vida de su sindicato;
- Está prohibido contratar a menores de 15 años de edad.